FRIPUR…

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* (Por Yamandú Esteban Flangini)

El período anterior de Gobierno ha sido una sucesión de empresas y proyectos de Estado en fundición, caso PLUNA, Gasificadora, ANCAP y anexas, Puerto de Aguas Profundas, que evidentemente contagió a empresas privadas de igual destino.

Estamos frente a una continuidad de empresas fundidas, de transporte, y otros ramos. Pero la intriga es sobre la pesquera FRIPUR, ahora anunciada a ser vendida a una internacional de origen canadiense. Se anuncia que esta empresa tomará la captura es decir la pesca, pero no pondrá en funcionamiento la planta industrial, donde se realizaban transformaciones del recurso primario, con valor agregado y puestos de trabajo. Si sólo la actividad es pesca, el producido se comercializará en estado “natural” es decir, sin ningún proceso posterior. La intriga es sobre lo que se vende, porque de acuerdo a la Ley de Pesca, los permisos de pesca no pueden ser involucrados. Ver. Ley 19.175, de 20 de diciembre de 2013: Artículo 36. (Negociabilidad e inembargabilidad).- Prohíbese la realización de cualquier negocio jurídico que involucre permisos, concesiones y/o autorizaciones, ya sea a título gratuito u oneroso, aparejen o no transferencia en la titularidad. Los acuerdos que se realicen en contravención a la presente prohibición, serán nulos y se aplicarán las máximas sanciones previstas en el Capítulo X de la presente ley. Los cambios en el capital social o accionario de las empresas no implican cambios en la titularidad de los permisos concedidos. El caso es que FRIPUR había sido beneficiado en su momento por el Decreto de 1997, cuando fijaba la posibilidad de vender el Permiso de Pesca entre particulares, y a su vez, artículos posteriores, como lo señalé en ese entonces, indicaba especies que por su explotación, no permitían expedir nuevos permisos, o sea, como denuncié, los que tenían permiso de determinadas especies, cuyo valor era, supuestamente 1, pasaban a valer cientos en manos de privados. Entre ellos estaban las especies de mayor interés comercial, como cangrejo rojo, merluza, etc. Esta nueva transferencia sigue indicando en la posible venta, estas especies, cuyos permisos aparentemente no volverían a su dueño, el Estado, para ofrecerlas al mercador a su mejor beneficio.

Se agrega a la fundida FRIPUR, un valor, aparentemente el principal, del cual en realidad, no es parte de su patrimonio, sino sólo un concesionario que perdería su derecho, cambiando el titular, salvo caso de muerte como establece la Ley. Poco entendible la solución, y menos entendible es como se continúa sin dar la atención que merece un recurso natural de altos valores alimentarios sociales y económicos. Quizás sea porque nunca la pesca es nombrada en discurso o actividad de los Ministros que han pasado por MGAP donde sobra la P, y debiera reubicarse en otro ministerio más apropiado o darle una mayor jerarquía dentro del Estado. Igual cosa pasa con la acuicultura, largamente demorada, fracasado el Proyecto de fomento que similarmente al de forestación, debiera procurar su desarrollo. Su aplicación traería enormes beneficios de todo tipo, tal como lo indican los técnicos de FAO.-O sea, se está agregando a los ya nombrados PLUNA; ANCAP y otros, la pesca. En general, industrial, social, económica, y pasando a ser “primarios” como en época de la colonia con cueros, carne y lana.- (YEF)

 

* (Promotor, redactor y negociador del Tratado del Río de la Plata, del Estatuto del Río Uruguay, Delegado ante NNUU en Convención del Mar, Experto en temas marítimos y, de soberanía y límites, ex titular de DINARA)

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