Comisiones en el Río Uruguay.

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Por C/N  (R) Yamandú E. Flangini

Ante declaraciones periodísticas de representantes de la Comisión de Salto Grande y de la Administradora del Río Uruguay, llama la atención, su desvinculación a las competencias y obligaciones de los organismos en que están designados, tomando por si, ideas personales.. Designaciones contrarias a lo sostenido previo a las elecciones, cuando se sostuvo que los designados en este tipo de organización, sólo serían aquellos que fueran expertos, afines a la tarea a realizar. Sin embargo, se continuó con el favor político, de nombramientos de partidarios que no han tenido votos para ser electos en cargo alguno, valorando solo su adhesión al partido. El delegado en Salto Grande, no se limita a lo que corresponde a su participación,(que es sólo lo referente a la producción de energía). Nada tiene que ver con la navegación del río menos con Hidrovía, ni siquiera con peajes por cruce de vehículos, por el camino de la presa. La Comisión de Salto Grande debió desaparecer, como lo indica el Estatuto del Río Uruguay de 1974. Sostiene en su declaración ilusorias promesas imposibles de cumplir en la actualidad, asignado beneficios, tan irreales como carentes de posibilidad. Alienta un proyecto destinado al fracaso, irreal.

Un CARU el vocero aporta su pensamiento sobre el desarrollo pesquero, ignorando que no es su cometido en la Comisión, y que tal cosa, es por Ley la Dirección de Recursos Acuáticos del MGAP, único organismo nacional con dicho cometido.

Otro presentó su intención en desarrollar puertos en el río Uruguay, de forma tan desacertada, que ni merece ser comentada.

La CARU en su desviación tiene una media docenas de embarcaciones, que usa en cometidos inventados en su seno, por no ubicarse en sus cometidos, duplicando, en forma errónea, tareas que corresponden a organismos del Estado, por Constitución o por Ley. Hasta tiene un vivero! Increíble desviación!

Eso ha llevado a que aparezca un sobredimensionado personal, que pasó de unos 50 en tiempos en que se funcionaba como lo establece el Estatuto, a más de 170 a la fecha, cuyas remuneraciones son privilegiadas, comenzando por los propios Delegados con 8500 dólares mensuales. Ese presupuesto muy sobredimensionado, con choferes a 5000 dólares secretarios de 7700, técnicos convocados en eventualidades a 11000, secretarías de más de 3000 dólares (varias), lo constituyen como de un ministerio de una república. De donde salen esas disponibilidades económicas? Del MRREE?

O de los peajes de los puentes?, quien lo dispuso? Los puentes no son obra de la Caru, sino del país, por tanto esas recaudaciones no debieran pertenecer al arbitrio de comisión alguna, sino del Estado. Esa deformación de tomar la Comisión como un órgano supranacional, ha llevado a costos por duplicación innecesaria, abuso de nombramientos y distorsión del real objetivo de las comisiones. Pero el Canciller dijo que no habrá revisión. Por un lado se dice de ahorro y por otro se despilfarra. Lo peor, se ha perdido el fin de la creación de la Comisión, en este estado, ya no tiene sentido. Ya está avanzado el período de Gobierno, para decir que es una herencia maldita. Si no se corrigió, mal se está, ni la pandemia es escusa.

  1. Refiero sólo a la Delegación uruguaya.

YEF

Nota: Promotor, negociador, redactor del tratado del Río de la Plata y del Estatuto del Río Uruguay. Delegado Jefe demarcador del Río Uruguay, y sus obras. Demarcador del Rio de la Plata y límite lateral con Argentina y Brasil

6 COMENTARIOS

  1. Coincido en muchos de los comentarios del Cap. Flangini.En cuanto al vivero de la CARU junto al puente Gral San Martin, debo decir que cuando ingresamos como delegados en el 2005, estaba destinado a planta florales para los jardines de las sedes de la Institución.Propusimos entonces convertirlo en un vivero de plantas autóctonas y de esa forma aportar a la reforestación de las costas del Rio Uruguay donde se ha ido perdiendo el monte indígena, con consecuencias muy desfavorables. Con esa transformación se logró destinar cientos de plantines por ejemplo a Bella Unión en la Triple Forntera y en otros puntos del Rio Uruguay.No significa un costo muy grande en el presupuesto y sin embargo, al menos así lo creo cumple una función dentro del Plan Medioambiental de la CARU. Arq.RUBENS STAGNO-Ex-Delegado y Vice-presidente de la D.U. ante CARU-2015-2020-Presidencia Dra. Petrocceli.

  2. Tarea fuera de los cometidos establecidos para la CARU, por tanto para la Delegación Uruguaya. No importa lo destinado en presupuesto, es incorrecto y fuera de cometido. Asume funciones que no corresponden, desvía cometidos de la Delegación. Esa tarea es competencia de organismo del Estado, que debe decidir si es o no hacer. Desde la Delegación uruguaya, no corresponde encarar iniciativas personales ni grupales que no les han sido asignadas, con recursos desviados a hacerlas efectivas, lo que tambien es incorrecto..Demostración de no haber comprendido los cometidos previstos en el Estatuto del Río Uruguay.

  3. La Delegación Uruguaya ante CARU que integré asumió funciones en el año 2005.Para ese entonces ya estaba aprobado desde el año 2002 un “Plan de Protección Ambiental del Río Uruguay”.El mismo incluye un Convenio de Cooperación entre la CARU y las Intendencias de nuestro país y los Municipios del lado argentino.
    En la descripción de sus alcances, en uno de los items. en cuanto a preservación se refiere a “los ecosistemas acuáticos y terrestres que ineractúan o pudieran hacerlo con el río”.
    Nuestra propuesta de convertir un vivero para plantas florales en un vivero de especies autóctonas, y suministrar plantines a los Municipios y organizaciones de la sociedad civil, se enmarca dentro del espíritu y la letra de dicho Plan de Protección Ambiental. Desde las comunidades del litoral ha sido muy valorado el aporte de este vivero en ttnto ayuda a reforestar costas ribereñas que han tenido problemas de erosión debido justamente a la desaparición de esas especies indígenas.
    Arq. RUBENS STAGNO-Delegado y Vice-Presidente de la D.U.-CARU -2005,2010

  4. Totalmente inapropiado. Esa función no es la que establece el Estatuto del Río Uruguay para la Comisión. No hay comprensión para las competencias, asumen aquellas que corresponden a ministerios u organismos del Estado, duplicando fuera de lugar tareas y volcando gastos desde rubros no destinados a tales fines. Es una demostración del desconcepto a que se ha llegado por integrar personas sin idoneidad en la conducción de lo que corresponde y el fin para que fueron creadas las comisiones del río, propio de haber sustituido a especialistas y técnicos, para dar cabida a politicos sin ocupación como compensación a su esfuerzo partidario.

  5. No se puede generalizar, en todas las Delegaciones hubieron especialistas y técnicos. La Marina siempre tuvo un Delegado.En el caso del Plan de Protección Ambiental, participó el C/N (CP) Andrés Durán Romero. Se podrá discrepar con el Plan de Protección Ambiental o con otros, pero no todos fueron “personas sin idoneidad en la conducción” que los estudiaron y aprobaron.
    Atte.
    RUBENS STAGNO

  6. No tengo conocimiento que un Oficial de la Armada sea experto en viveros. Si alguien aprueba algo fuera de lo previsto en el Estatuto, no actua como experto. Desde que se cerró la DIMAF, no conozco donde se da instrucción para actuar a nivel de comisiones administradoras de ríos, de acuerdo con lo regulado por Tratado y Estatuto. De todas profesiones hay integrantes preparados para fuciones especiales, y notros no. La profesión no indica la especialización y conocimientos en tareas regidas por esos documentos internacionales.

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