ZONA COMÚN DE PESCA: MEDIDAS PARA MERLUZA, CALAMAR Y RAYAS

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La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo fijó veda de invierno para merluza, cerró calamar y habilitó reserva adicional de “rayas de altura”.  Un paquete de medidas instrumentó la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) para la Zona Común de Pesca. Se trata de resoluciones ligadas a la explotación de merluza hubbsi, rayas y calamar.  Respecto a la hubbsi, el organismo fijó los límites que tendrá la veda de invierno destinada a proteger un área donde, según estimaciones, se concentran ejemplares juveniles de la especie.

Más precisamente, la zona está delimitada por los siguientes puntos geográficos:

• 35°03’S – 52°53’W

• 35°18’S – 52°30’W

• 36°27’S – 53°45’W

• 36°54’S – 54°07’W

• 36°31’S – 54°36’W

“Prohíbese, desde el 1° de julio al 30 de setiembre de 2017 inclusive, la pesca de la especie merluza (Merluccius hubbsi), así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo en ese sector”, ordena la Resolución 9/17, publicada hoy en el Boletín Oficial. Como es habitual, en la veda sí estará habilitada la pesca diurna de recursos pelágicos, empleando exclusivamente redes de media agua.

Clausura de calamar

Por otra parte, a través de la Resolución 10/17, la CTMFM determinó cerrar la pesca específica del calamar. La medida se aplicará desde el próximo sábado 1° de julio y hasta el 30 de abril en virtud de proteger juveniles que serán faenados en la temporada 2018. Con esta medida, todas las jurisdicciones vinculadas al manejo que ejercen las autoridades nacionales quedaron cerradas a la pesca en el marco de una zafra que dejó sobre los muelles unas 96.885 toneladas de illex.

Reserva de rayas

Por último y cuando aún no finalizó la primera mitad del año, la CTMFM ya debió habilitar la reserva adicional de “rayas de altura”.  De acuerdo a los registros oficiales se está por alcanzar la Captura Total Permisible de ese conjunto específico, prevista en 3.500 toneladas.

Por lo tanto, la Resolución 11/17 habilita un volumen extra de 350 toneladas disponible para pescar en los próximos seis meses. ¿Los argumentos que sostienen la decisión? Las condiciones socio económicas de la pesquería. “Establécese, sin perjuicio de lo dispuesto, que el desembarque máximo de rayas de altura no deberá superar el 10 por ciento del total de la captura en cada marea hasta el 31 de diciembre del año 2017”, agrega la norma. http://pescare.com.ar

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