Nuevo Puerto ?

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1883

Por C/N Yamandú Flangini

YEF

Por Decreto 54/19, se amplifica la zona del puerto de Montevideo, sobre la establecida en 1909, uniendo el actual complejo portuario hasta la distancia en que se encuentra Punta Yeguas y la Punta Pedregal y de allí a Punta Canario. (Art 2 del Dec 54/19). Se considera que esta ampliación favorecerá el desarrollo de proyectos portuarios, entre ellos se menciona en medios periodísticos, uno de inversión china, con capacidad para unos 500 buques pesqueros, contando con un astillero, centro logístico de abastecimientos, talleres, planta de congelados, , todo ello enclavado en el sistema de Zona Franca. Este complejo portuario, permitiría dar atención al unos cientos de buques pesqueros que operan en el Atlántico Sur, más allá de la milla 201 de los Estados ribereños.

La inversión sería de unos 200 o más millones de dólares.

Operadores han sostenido que de acuerdo a la Constitución el establecimiento de áreas portuarias, nuevas, debe contar con la aprobación del Parlamento, lo que sin embargo se está promoviendo simplemente por Decreto.  Aún más, el trámite en el Parlamento, debe contar con mayorías especiales, lo que debería contar con el voto de miembros de la oposición. En lo personal, me inclino como favorable los proyectos de inversión y desarrollo de instalaciones en el territorio nacional, por lo que significan como proyección de posibilidades de futuro y ocupación de mano de obra, así como de actividades conexas.

Sin embargo este tipo de inversiones tiene aspectos que no pueden dejarse de considerar. La actividad pesquera china, ha sido considerada normalmente como pesca ilegal, no declarada, y no reglamentada. La ONG Oceanosanos ha denunciado a China como practicando pesca ilegal, y otros institutos internacionales, en su calidad de calificadores, ponen la bandera China  respecto a la pesca INDNR (pesca ilegal, no declarada no reglamentada, de acuerdo al Código internacional sobre Conducta Pesquera de FAO), en el último lugar. Tanto en Código de Conducta, como el Procedimiento para desalentar y eliminar la pesca ilegal, vinculan el  o los puertos que dan atención a naves pesqueras que actúan irregularmente, a las cuales se aconseja a los Estados firmantes, aplicar el proceso sancionatorio de no dar lugar comercial a estas naves, así como a los países en cuyos puertos se den servicios  a los mismos.

O sea, que el país del puerto, quedaría eliminado de la posibilidad de comercio pesquero, y por tanto sus empresas del ramo, sufrirán la pena por reflejo de la actividad de una flota extranjera en el puerto de su país. En el caso particular nuestro, deberá estar a lo que se firmó en el tratado del Río de la plata y Su Frente Marítimo, respecto a los cupos en la Zona Común de Pesca. En el Plata, no puede pescar ningún buque de tercera bandera, únicamente banderas uruguayas y argentinas. En el frente marítimo, buques de terceras banderas con permiso de una de las Partes, sólo podrán hacerlos hasta el límite lateral marítimo, y los cupos otorgados se deducen del correspondiente al país, cupos fijados en común. Disfrazar pesqueros chinos con bandera uruguaya, deben cumplir con las leyes nacionales, o sea las tripulaciones deben ser de nacionales, Por demás, que en lo de las  relaciones entre vecinos, hacer “trampas” es un juego rechazable y muy peligroso.

En resumen, la inversión atractiva, el contenido de alto valor negativo, perjudicial, anti social y económico, con consecuencias más que imprevisibles, francamente previsibles que se deben descartar. Mezclar la actividad pesquera, tan comprometida en su conducta, con inversiones provenientes de extra continentales, en condiciones tan riesgosas, muestran claros signos de ineptitud en la materia, falta absoluta de criterio, en resumen una muy mala y equivocada decisión. YEF . 

Nota: * (Promotor, redactor y negociador del Tratado del Río de la Plata, del Estatuto del Río Uruguay, Delegado ante NNUU en Convención del Mar, Experto en temas marítimos y, de soberanía y límites, ex titular de DINARA)

1 COMENTARIO

  1. Un verdadero disparate, propio de gente neófita en la materia o peor aún condicionada por algún motivo non-sancto, Se debe de tratar de impedir con todas las posibles acciones. Uruguayos y uruguayas no dejen que nos quiten el futuro.

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