Amplían el Puerto de Montevideo hasta donde operará el consorcio chino Shandong Baoma Fishery Group

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Ampliación de la zona de influencia portuaria del Puerto de Montevideo, incorporando las superficies de aguas y álveos comprendidos entre las líneas que enfilan la Punta Yeguas con la Punta Pedregal y la Punta Pedregal con la Punta Canario y la correspondiente a la costa entre ambas líneas, de conformidad con la Carta Náutica N.º 40. El Decreto 54/019, amplía la zona de influencia portuaria del Puerto de Montevideo dispuesta por el art. 1° del Decreto de fecha 8 de setiembre de 1909 y por el art. 1° del Reglamento Marítimo del Puerto de Montevideo de 1912. La gestión fue promovida por la Administración Nacional de Puertos relacionada con la ampliación de la zona de influencia portuaria del Puerto de Montevideo. La legislación vigente encomienda al Poder Ejecutivo el establecimiento de la política portuaria y el control de su ejecución, siendo cometidos de la Administración Nacional de Puertos la administración, conservación y desarrollo del Puerto de Montevideo y de aquellos otros puertos que le encomiende el Poder Ejecutivo. Las bases legales de la política portuaria nacional, consagra los objetivos de la política portuaria nacional y los instrumentos de la política portuaria, entre los que se destaca la planificación subsectorial que permita instrumentar una adecuada política de inversiones, expansión, aprovechamiento de oportunidades geográficas, protección del medio ambiente y establecimiento de estrategias de comercialización de las nuevas facilidades portuarias obtenidas para promover los tráficos portuarios dentro y fuera del país. El Reglamento de Operaciones Portuarias y Capitanía de Puerto aprobado por el Decreto de fecha 28 de abril de 1994, estableció los límites geográficos para la aplicación de la normativa portuaria, definiendo la zona de influencia portuaria dentro de los cuales la Administración Nacional de Puertos, tendrá las competencias de administración portuaria. Considerándose que el Decreto 386/008 de fecha 11 de agosto de 2008, encomendó a la Administración Nacional de Puertos las funciones de administración, conservación y desarrollo del Puerto Logístico de Puntas de Sayago, ubicado en parte del Padrón N.º 416.849 de la 13′ Sección Judicial del departamento de Montevideo. Así como que la planificación portuaria prevé la expansión y desarrollo del Puerto de Montevideo hacia esa zona, por lo que corresponde ampliar la zona de influencia portuaria como mecanismo para incentivar en el futuro el desarrollo de proyectos portuarios. Por lo que en consecuencia de la Resolución N.º 572/3.943 de fecha 28 de agosto de 2018 del Directorio de la mencionada Administración Nacional se propició ante el poder ejecutivo: “la ampliación de la zona de influencia portuaria del Puerto de Montevideo, incorporando las superficies de aguas y álveos comprendidos entre las líneas que enfilan la Punta Yeguas con la Punta Pedregal y la Punta Pedregal con la Punta Canario y la correspondiente a la costa entre ambas líneas, de conformidad con la Carta Náutica N.º 40”. Por todo lo antes expuesto el P.E., decretó la ampliación propuesta.

 Proyecto en zona de Ampliación Portuaria.

En Punta Yeguas se llevaría a cabo una obra que tendría un muelle de 800 metros de largo y 60 metros de ancho, con una inversión que rondaría los 250 millones de dólares y que, en base a la negociación impositiva correspondiente con el gobierno, el Shandong Baoma Fishery Group, crearía unos 200 puestos de trabajos directos. La empresa China cuenta con cerca de 4000 empleados y tiene sucursales en todo China. Actualmente se especializa en la pesca oceánica, el procesamiento y la venta de productos marinos y la elaboración de harina de pescado y la gestión de terminales portuarias.

 Tramitación de permisos en la Intendencia de Montevideo.

 El consorcio chino solicitó a la Intendencia de Montevideo la recategorización de los terrenos ya comprados para la instalación del proyecto en cuestión.

Autorización Aduanera.

LA Dirección Nacional de Aduanas deberá dar el visto bueno al “recinto aduanero” a efectos de obtener la calidad de “Puerto Libre”.

 Proyecto Océanos Sanos (Healthy Oceans).

Milko Schvartzman, quien fuera entrevistado en varias oportunidades, señaló que se oponen a la instalación de dicho consorcio chino pues “la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada está destruyendo el medioambiente marino del Atlántico Sur” y que “la única razón por la que China desea instalarse en Montevideo es para evitar controles y porque utiliza mano de obra esclava”. https://www.icndiario.com

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