La postura de Argentina ante el Tratado de Altamar de la ONU

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A través del grupo CLAM que incluye a 16 países de Latinoamérica se manifestó a favor de la conformación de áreas marinas protegidas. En cuanto al desarrollo de la investigación apoyó el modelo inclusivo y el reparto equitativo de las utilidades del material genético marino excluyendo a los peces. Del 19 al 31 de agosto se debatió en Nueva York el Acuerdo Nacional de Diversidad Biológica con el que se pretende otorgar un marco jurídico a la administración de aguas marítimas internacionales. De esta forma se busca ordenar las actividades pesqueras, hidrocarburíficas y preservar la salud de los océanos controlando la contaminación y la sobreexplotación. En el cierre de esta Conferencia Intergubernamental, Argentina a través del grupo CLAM que comprende además a Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay dio a conocer su postura. La intención de la ONU es llegar a un acuerdo en los primeros meses de 2020. De la reunión recientemente celebrada surgió el borrador sobre el que los países intervinientes harán observaciones. Con este tratado de alta mar no solo se busca proteger la biodiversidad marina, sino establecer nuevos conceptos respecto al acceso al desarrollo tecnológico y la propiedad del material genético que se explote. Todo ello debe hacerse atendiendo las brechas económicas que existen entre los países del primer mundo, los de desarrollo medio y bajo, teniendo en cuenta los acuerdos existentes y respetando el marco jurídico de los países en cuestión. Es una tarea muy complicada en la que están en juego el desarrollo tecnológico y los avances que cada nación ha tenido sobre el material genético marino.

Cuando se habla de material genético o recursos genéticos marinos se hace referencia a cualquier material de origen marino vegetal, animal, microbiano u otro, encontrado u originario de áreas más allá de la jurisdicción nacional y que contiene unidades funcionales de herencia con valor real o potencial de sus propiedades genéticas y bioquímicas, según lo define el documento en discusión de la ONU. Los países del primer mundo en los últimos diez años ya han solicitado el patentamiento de una gran cantidad de genes marinos. Hasta 2017 solo Estados Unidos emitió más de 6.000 solicitudes; Alemania y Japón más de 1.400 y Francia más de 800, según datos del Gobierno Global de Recursos Genéticos Marinos que difundió China Dialogue Ocean. Los océanos constituyen una pieza en el Cambio Climático y proteger su biodiversidad se presenta como una necesidad ante el creciente interés sobre sus recursos en un espacio descontrolado. La forma en la que se defina el acceso al desarrollo tecnológico y al reparto de las utilidades que surjan de los hallazgos será lo que determine el carácter inclusivo o desigual del Tratado. Argentina a través del grupo CLAM ha manifestado respecto de los recursos genéticos marinos, que es de gran importancia establecer un sistema de acceso y reparto de beneficios justo y equitativo. Con acceso simplificado para evitar que se puedan ver afectadas las tareas de investigación e innovación. A la vez apoyó el mecanismo de reparto de beneficios focalizado en la fase de comercialización y enfatizaron la necesidad de mantener una adecuada trazabilidad, “como factor clave para asegurar que los beneficios sean repartidos de manera consecuente y excluir de la aplicación de esta regulación el uso de peces y otros recursos biológicos provenientes de la pesca y actividades relacionadas”.

El acceso a los recursos genéticos está determinado por el desarrollo tecnológico y la capacidad de investigar. Desde el CLAM lo identificaron como “eje transversal en el desarrollo” e indicaron que será necesario mantener la lista de distintas categorías de países en desarrollo, particularmente la referencia a países de renta media, por ser esta la opción más inclusiva”. El mundo no solo protegerá los océanos sino que también le dará un marco jurídico a la explotación de él que ya se está realizando sin ningún tipo de control. En ese contexto y como pasó lógico para cumplir con los objetivos del Tratado es imprescindible evaluar el impacto ambiental de las actividades que se desarrollen para evitar consecuencias en el medio ambiente y en las economías regionales. Desde el CLAM señalaron que estas evaluaciones constituyen una herramienta fundamental no solo para “identificar y mitigar los posibles efectos de una actividad de manera previa a su aprobación, sino también como una oportunidad para diseñarla conforme a principios que garanticen la sostenibilidad y la preservación los océanos”. Este tratado para la humanidad que se compara con el de Cambio Climático de París, establece medidas internacionales de control que mejoran las que se llevan a cabo los países, incluso, en sus aguas jurisdiccionales. La forma elegida para administrar los océanos ha sido la de Áreas Marinas Protegidas que pueden ser de exclusión total o con acceso planificado. Argentina y los países de la región encuentran en este método una importante herramienta para “establecer un sistema global amplio de conservación y uso sostenible de la biodiversidad fuera de la jurisdicción nacional”. Señalando a la vez que los Estados Partes deben tener un mandato claro para establecer mecanismos de gestión y que se debe tener en cuenta los derechos y la jurisdicción de los Estados ribereños.

Nuestro país recién ha entrado en la fase de incorporación de Parques Marinos en la plataforma y algunos actores de la pesca ven una amenaza en su avance. Pero es el camino por el que está transitando el mundo y que en vista del avance de países poderosos sobre sus recursos, puede verse como una defensa en los intereses del sector pesquero. “Debemos tomar esta instancia como un momento crucial para las áreas marinas fuera de la jurisdicción nacional y una oportunidad trascendental de alcanzar un instrumento robusto y universal, en sintonía con la Agenda 2030 de las Naciones Unidas” concluyó el vocero del grupo. Por supuesto, como sucede en cada acto diplomático agregaron en relación a los problemas de soberanía que “ni estas negociaciones ni el futuro texto del instrumento deben prejuzgar o afectar disputas existentes entre Estados”. https://revistapuerto.com.ar

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