Montevideo, 11 de septiembre de 2026 –La negociación del convenio colectivo especial para el personal embarcado en las dragas de la Administración Nacional de Puertos (ANP) ingresó en una nueva etapa, luego de varios meses de diálogo bilateral entre el organismo portuario y el Sindicato Único de la Administración Nacional de Puertos (SUANP).
De acuerdo con la información difundida este viernes por la ANP, las diferencias que aún permanecen sin acuerdo en el ámbito de la negociación bipartita serán abordadas ahora en una instancia tripartita, con la participación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), a través de la Dirección Nacional de Trabajo.
La intervención del Ministerio tiene como objetivo facilitar el intercambio entre las partes y contribuir a avanzar sobre aquellos aspectos del convenio que no pudieron ser resueltos durante las negociaciones mantenidas directamente entre la ANP y el sindicato.
La incorporación del ámbito tripartito no implica el cierre de la negociación bilateral. Según precisó la Administración Nacional de Puertos, la instancia bipartita entre el organismo y el SUANP se mantiene activa, por lo que ambos mecanismos de diálogo continuarán desarrollándose.
El convenio en negociación tiene particular relevancia para el personal que desarrolla tareas embarcado en las dragas de la ANP, una actividad vinculada directamente con las operaciones de mantenimiento y profundización de los canales y vías navegables bajo responsabilidad del organismo portuario.
La apertura de esta nueva instancia ante el MTSS constituye, por tanto, un cambio en el ámbito de tratamiento de los puntos que permanecen pendientes, incorporando al organismo laboral como mediador entre las partes.
Por parte de la ANP participaron de la instancia de negociación el vicepresidente del organismo, Constante “Tany” Mendiondo, junto con Nanarella Tognola, Gustavo Demarco, Jonathan Sosa, Agustín Pacheco, Loredana Rossi, Damiana Posada, María José Panizza, Fabián Peña y Antonella Levratto.
La evolución de las conversaciones y el eventual alcance del convenio serán determinantes para establecer las condiciones específicas aplicables al personal embarcado que cumple funciones a bordo de las unidades de dragado de la Administración Nacional de Puertos.



