El balance 2015 fue positivo para el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), que ahora abarca a más de 70 % de los paisajes terrestres y marinos de Uruguay.
Ingresaron a esta categoría los esteros y algarrobales del río Uruguay, se amplió la jurisdicción del Parque Nacional de Esteros de Farrapos e islas de ese curso fluvial fronterizo y se aprobó por decreto el Reglamento del Cuerpo Nacional de Guardaparques.-El Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente informó que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) cerró el balance 2015 con 14 áreas bajo su resguardo y alcanzó con ello las 279.516 hectáreas en esa condición. Esto significa que más de 70 % de los paisajes uruguayos, incluidas las superficies terrestres y marinas, están amparadas por el sistema, lo cual contribuye a la conservación de los ecosistemas y las especies prioritarias amenazadas.-Con el ingreso de los esteros y algarrobales del río Uruguay, al sistema se le suma la incorporación de islas y aguas de jurisdicción nacional al Parque Nacional Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay; aumentó el territorio protegido en el litoral oeste.–Esteros y algarrobales del río Uruguay ingresan al sistema bajo la categoría de manejo «Área de manejo de hábitats o especies», según el decreto del Poder Ejecutivo aprobado en diciembre. Con él se asume el compromiso de “mantener el hábitat en las condiciones necesarias para proteger a especies importantes, grupos de especies, comunidades bióticas o características físicas del ambiente, cuando ello exija cierto tipo de manipulación humana concreta para un manejo óptimo”, según lo establece el Decreto 52/005.-La zona abarca 1.550 hectáreas de esteros, algarrobales y montes nativos ubicados al margen del río Uruguay, en el departamento de Río Negro. Es el hábitat de una variedad de especies particulares de fauna y flora autóctonas y se destaca por albergar un sector de humedales reconocido como sitio de importancia internacional, al estdar incluido 41 % de ellos en la Convención de Ramsar sobre la materia, adoptada en la ciudad iraní de ese nombre en 1971, lo cual le otorga un rol relevante en la conservación de elementos en peligro de la biodiversidad en Uruguay. Desde 1995 a la fecha, su propietario ha trabajado en la conservación de su biodiversidad y se ha transformado en la primera área cuya administración está en manos de un actor privado.
SUMA DE TERRITORIOS.- También se destaca la ampliación del Parque Nacional Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay que agrega islotes y aguas de jurisdicción nacional al área protegida, con lo cual alcanza una superficie total de 16.810 hectáreas.- El parque constituye un sistema de humedales fluviales, islas e islotes que se inundan en forma permanente o temporaria a consecuencia de las crecidas del río Uruguay. Allí conviven varios ecosistemas: bañados, pantanos, campo natural, monte y matorral ribereño ,generador de un corredor biológico, y el monte de parque abierto con sus algarrobales y blanqueales asociados, donde habita una importante diversidad de especies de aves, algunas de ellas amenazadas a nivel nacional y regional.-Las islas constituyen además espacios para la reproducción y sitio de invernada de especies migratorias neárticas y neotropicales, lo que le ha valido su reconocimiento como sitio Ramsar.
REGLAMENTO DEL CUERPO NACIONAL DE GUARDAPARQUES.-Otro gran avance fue la aprobación, por parte del Poder Ejecutivo, del Reglamento del Cuerpo Nacional de Guardaparques, que constituye la primera línea de protección de las áreas protegidas. Se trata de un proyecto elaborado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la Asociación Uruguaya de Guardaparques y la Comisión Nacional Asesora del Áreas Protegidas. El nuevo reglamento define el rol de los guardaparques en la gestión de las áreas protegidas, vinculado al contralor y custodia de estas zonas en la primera línea de acción dentro en el territorio. A su vez, establece que su trabajo debe contribuir a alcanzar los objetivos de conservación establecidos por el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.–Dentro de las actividades que se encomienda a los guardaparques se encuentra apoyar la realización de actividades para el uso público de las áreas bajo la consigna de disfrutar lo que la naturaleza ofrece respetando los valores naturales y culturales del lugar. La educación ambiental, el apoyo a la investigación, y el monitoreo ambiental dentro de las áreas protegidas, se reglamenta a partir de este documento que guía las actividades de los custodios de nuestros recursos.-El reglamento se complementa con las acciones que se vienen desarrollando en la formación y actualización permanente, que apuestan a la profesionalización de los guardaparques, en un trabajo de articulación entre el Consejo de Educación Técnico Profesional de UTU (CETP/UTU) y el MVOTMA, junto a la Asociación Uruguaya de Guardaparques.- (www.presidencia.gub.uy)