Gobierno envió proyecto para crear regulador portuario: cómo funcionará y qué tareas tendrá

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El nuevo organismo podrá determinar restricciones o limitaciones a la actividad de aquellos operadores que no se encuentren habilitados por un contrato de concesión Tras la interpelación por el acuerdo con la multinacional belga Katoen Natie por la extensión por 50 años de la terminal de contenedores del puerto de Montevideo, el Poder Ejecutivo publicó el proyecto de ley por el cual crea la figura del regulador portuario. Este punto formó parte de la moción que el oficialismo aprobó en la madrugada de este jueves en respaldo a las explicaciones que dio el ex ministro de Transporte Alberto Heber.

El proyecto remitido por el gobierno al Parlamento establece la creación de la Unidad Reguladora de Servicios Portuarios (Ursep) “con el objetivo del fortalecimiento, la regulación y el control del sector portuario”. En la exposición de motivos, se explica que dentro de sus cometidos tendrá el asesoramiento en materia de servicios portuarios, a “efectos de brindar asesoramiento técnico e imparcial al Poder Ejecutivo y la Administración Nacional de Puertos (ANP)”, en un rol similar al que hoy cumplen otros reguladores como la Ursep en telecomunicaciones ola Ursea en energía y agua.

Los artículos 1° al 7° crean la figura y regulación de la Ursep sobre la base de un “ámbito técnico independiente” en diversas materias como la administración de los espacios portuarios, los títulos habilitantes (concesiones, permisos y autorizaciones) que se otorgan, el régimen tarifario y, en definitiva, “el contralor de las actividades que se prestan directamente o indirectamente” por parte de la ANP o por operadores privados en forma directa (permisos y autorizaciones).

La nueva entidad estatal, Ursep, asesorará técnicamente a la ANP “a los efectos de asegurar el control de monopolios de hecho cuando la competencia no fuere posible”. Además, deberá velar por “control del cumplimiento de las normas jurídicas y técnicas aplicadas por parte de los operadores públicos y privados, prestadores de servicios portuarios”.

Asimismo, se prevé la posibilidad de que se creen “ámbitos de resolución de controversias, en caso de que los operadores públicos o privados de servicios portuarios lo soliciten, a efectos de contribuir en dirimir conflictos”. La Ursep deberá establecer “regímenes específicos de funcionamiento” de las terminales portuarias otorgadas bajo el régimen de concesión, para incentivar su actividad y también instrumentar “posibles restricciones o limitaciones” en caso que no se encuentren habilitados por un título habilitante para que no se produzcan situaciones de “competencia desleal”.

El artículo 8 establece que el Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Ursep, “podrá determinar restricciones o limitaciones a la actividad de aquellos operadores que no se encuentren habilitados por un contrato de concesión, a los efectos de que los concesionarios alcancen la escala necesaria para maximizar su eficiencia”. El nuevo organismo se vinculará administrativamente a través del Ministerio de Transporte y estará dirigido por un Directorio de tres miembros que durarán seis años en sus cargos. La remuneración de sus miembros no podrá ser superior a la de los directores de la ANP. https://www.elobservador.com.uy/

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