Abrió la temporada de pesca de camarón con nuevas condiciones y límites para la zafra 2026

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27 de enero de 2026

La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) declaró abierta la temporada de pesca de camarón correspondiente a la zafra 2026, que se extiende desde el 20 de enero hasta el 1.º de junio, con un conjunto de medidas orientadas al ordenamiento de la actividad y a la protección del recurso.

La habilitación alcanza a la captura de camarón Penaeus paulensis, y establece requisitos técnicos obligatorios para la pesca, el transporte y la comercialización, tanto en lagunas costeras como en cursos de agua específicos, en el marco de la normativa vigente sobre pesca artesanal y comercial.

Para esta zafra se fijó un peso mínimo individual de 10 gramos para el camarón fresco entero, criterio que también se aplica a Penaeus brasiliensis cuando esta especie esté presente en las capturas. Además, se determinó que la pesca incidental por debajo del peso permitido no podrá superar el 30 % del total en cada trampa.

Las especies capturadas de forma incidental, como juveniles de peces y crustáceos, deberán ser liberadas vivas, al igual que las hembras ovígeras de cangrejo azul o sirí, en las zonas donde estas especies se encuentren presentes.

La resolución establece restricciones específicas para el uso de trampas durante la zafra. En las lagunas costeras salobres, los pescadores artesanales de tierra podrán utilizar hasta 10 trampas, con límites definidos para la extensión de las vagas y distancias mínimas entre ellas. En el arroyo Valizas, el número máximo permitido es de una trampa por permiso de pesca, con exigencias adicionales respecto al ancho del cauce y el espaciamiento entre artes.

Asimismo, se fijaron parámetros técnicos obligatorios para las trampas, como una apertura máxima de 15 metros, la prohibición de agregar paños adicionales y un tamaño mínimo de malla de 10 milímetros entre nudos contiguos.

La pesca comercial de camarón quedó prohibida en determinadas áreas de lagunas costeras definidas en el Reglamento General de Pesca Artesanal, restricción que también se extiende a la pesca deportiva y de subsistencia.

Entre las disposiciones incluidas para la zafra 2026 se estableció la obligación de retirar las estructuras utilizadas para fijar trampas y señalización una vez finalizada la temporada, así como la adopción de medidas preventivas para evitar derrames de combustibles u otros contaminantes.

También se fijó, de manera precautoria, una talla mínima de extracción de 10,5 centímetros de ancho de caparazón para el cangrejo azul, medida tomada entre los extremos de las espinas laterales.

La apertura de la temporada se dispuso en función de informes técnicos que indican que una fracción de la población de camarón alcanzó el tamaño adecuado para su captura, y se enmarca en la Ley de Recursos Hidrobiológicos y en el Reglamento General de Pesca Artesanal.

La resolución fue comunicada a los organismos competentes y publicada en el Diario Oficial, manteniéndose vigente durante toda la zafra 2026.

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