Se mantiene vigente la tasa fluvial a pasajeros de Buquebus y Colonia Express mientras continúa el proceso judicial

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27 de enero de 2026

La tasa fluvial establecida para los pasajeros que utilizan los servicios marítimos entre Uruguay y Argentina continúa vigente, pese a que no se aplica en la práctica y permanece impugnada ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). El gravamen fue dispuesto por la administración anterior mediante un decreto del Poder Ejecutivo emitido en enero de 2024 y su continuidad ha sido ratificada por el actual gobierno.

La normativa estableció el cobro de una tasa de US$ 2,10 más IVA por pasajero, definida como un precio por servicio de seguridad, con el objetivo de financiar el Sistema Integral de Gestión Migratoria (Sigmu). Este sistema contempla la informatización, modernización tecnológica y control biométrico en los puntos de ingreso y egreso del país.

La entrada en vigencia del cobro estaba prevista para febrero de 2025. Sin embargo, las dos principales empresas que operan el transporte fluvial de pasajeros entre Uruguay y Argentina, Buquebus y Colonia Express, resolvieron no incorporar el cargo al precio de los pasajes y presentaron recursos de nulidad ante el TCA, cuestionando la legalidad y la forma de implementación del tributo.

El proceso judicial sigue en curso y, hasta el momento, no existe una resolución definitiva del tribunal. Mientras tanto, la tasa se mantiene formalmente vigente, aunque no se recauda debido a la decisión de las empresas de no aplicarla hasta que exista un pronunciamiento judicial o una definición administrativa.

Entre los argumentos presentados en la impugnación se encuentra el planteo de que el financiamiento del Sigmu recae exclusivamente sobre el transporte fluvial, pese a tratarse de un sistema de alcance nacional que beneficia a todas las fronteras del país. Asimismo, se cuestionan aspectos vinculados al contrato con la empresa tecnológica encargada de proveer los servicios del sistema migratorio.

Con el cambio de administración producido en 2025, la situación quedó sujeta a revisión. No obstante, la posición oficial es mantener vigente la normativa mientras el asunto se dirime en sede judicial. La existencia del recurso presentado ante el TCA condiciona cualquier modificación sustantiva del esquema de financiamiento establecido por decreto.

En ese contexto, el Poder Ejecutivo ha evitado adoptar medidas que puedan interferir con el proceso judicial en curso, manteniendo el marco normativo heredado de la administración anterior.

El Sigmu comenzó a implementarse progresivamente a partir de septiembre de 2024 e incorporó controles biométricos y nuevos procedimientos tecnológicos en los pasos fronterizos. En los puertos fluviales, la aplicación del sistema implicó cambios operativos que han generado demoras en los procesos de embarque, especialmente en períodos de alta demanda.

Durante el último verano se registraron retrasos significativos en las salidas de los ferris, asociados a cuellos de botella en los controles migratorios. Estas demoras impactaron en la operativa de los servicios fluviales, particularmente en rutas de corta duración como la que une Colonia del Sacramento con Buenos Aires.

La tasa fluvial permanece en un estado de indefinición práctica: es una obligación formal establecida por decreto, pero no se cobra, a la espera de una resolución del TCA o de una eventual redefinición del esquema de financiamiento del sistema migratorio.

El escenario combina un marco normativo vigente, un conflicto judicial abierto y un sistema de control fronterizo en funcionamiento parcial, cuyo desempeño continúa siendo objeto de seguimiento por parte de las autoridades y de los operadores del transporte fluvial.

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