La Negociación ante la CARP : El Canal Magdalena y el dragado del Puerto de Montevideo

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Cuando trascendió que se intentaba negociar el consentimiento argentino, en la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), para el dragado del canal de acceso del puerto de Montevideo a menos 14 metros de profundidad, por la aprobación del proyecto argentino del canal Magdalena, manifesté mi sorpresa porque está en la tapa del libro de la diplomacia de que no se debe de adelantar la estrategia que se va a seguir en una negociación a la otra parte y porque partía de una falta premisa. Esa falsa premisa es que el proyecto del canal Magdalena fue aprobado en 2016 por nuestro país, como resulta de las siguientes consideraciones:

Surge del acta del plenario de la CARP No. 547 que tuvo lugar entre los días 29 y 30 de marzo de 2016 que:

Que, el proyecto de Canal de Navegación Magdalena, presentado por la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la República Argentina fue aprobado  por la República Oriental del Uruguay con fecha 26/01/16 al haber vencido  ese día el plazo de 180 días para que la República Oriental del Uruguay formule objeciones al Proyecto del Canal de Navegación Magdalena presentado por la República Argentina. En esa oportunidad el Presidente de la Delegación Argentina ante la CARP, Embajador Guillermo González, manifestó: «Conforme lo establecido en el Artículo 19 del Tratado del Río de La Plata y su Frente Marítimo, al haber vencido el día 26 de Enero de 2016 el plazo de 180 días (Artículo 18 del Tratado del Río de La Plata y su Frente Marítimo) para que la República Oriental del Uruguay formule objeciones al Proyecto del Canal de Navegación Magdalena presentado por la República Argentina, dicho Proyecto ha quedado aprobado y la Argentina podrá realizar o autorizar la realización de la obra proyectada».

B De esa misma acta resulta que el Dr. Felipe Michelini, Presidente de la delegación uruguaya, manifestó: “Me permite, en el Punto 14, la Delegación Uruguaya va a solicitar se desarchive este Punto en el entendido de que por la vía del avance del cumplimiento de los términos del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, el canal Magdalena, como proyecto ya quedó aprobado”. De lo que antecede resulta claramente que se ha encarado una negociación de manera equivocada y sucede que en las comisiones binacionales, tanto con Argentina, como con Brasil, es frecuente que se negocien soluciones por cuanto existen y existirán intereses contrapropuestos  y porque la diplomacia es la esencia de las relaciones internacionales. El profesor Philippe Cahier, eximio especialista en Derecho Diplomático, que fue Director del Instituto de Altos Estudios de Derecho Internacional de Ginebra, cuyo libro “El Derecho Diplomático Contemporáneo” traducido a varios idiomas, es libro de texto en numerosas universidades, afirma que “todo Estado puede perseguir a través del canal de cierta política exterior, objetivos que a menudo serán diferentes, incluso opuestos, a los objetivos perseguidos por otros Estado. A su vez, el hecho de que los Estados no puedan ignorarse entre sí los lleva a tratar de acomodar sus objetivos divergentes mediante la negociación. Y es precisamente, en esta negociación, en este esfuerzo inevitable de conciliación donde se manifiesta la diplomacia de un país. Sin duda tal diplomacia persigue objetivos políticos, pero no puede concretarse sino a través de la búsqueda de un compromiso”. Y concluye, definiendo a la diplomacia, como “la manera de conducir los asuntos exteriores de un sujeto de Derecho internacional utilizando medios pacíficos y principalmente la negociación” (Derecho Diplomático Contemporáneo, Madrid, ed. Ryalp, 1965 p.17-19).  La negociación, pues,  cumple un rol importantísimo en las relaciones internacionales. Personalmente, estimo que, negociar significa ingresar a un proceso dinámico, con otra u otras partes, procurando llegar a un acuerdo que concilie los intereses contrapuestos que pueden  ser de muy diversa naturaleza. Toda negociación implica, generalmente, una transacción y por tal debemos entender que, para alcanzar un acuerdo, las partes se deberán realizar recíprocas concesiones. En la mayoría de las negociaciones el resultado exitoso de las mismas resulta de esas concesiones, en otras palabras, “te doy si me das”, acepto tu planteo si tu aceptas el mío, el “do ut des”  o el “quiproquo”, de los tiempos de la civilización romana. Son múltiples los criterios y métodos que se han propuesto para desarrollar una negociación exitosa que pueden variar conforme al objeto de lo que se debe negociar. Uno de los métodos más promocionados para llevar a cabo negociaciones es el denominado Harvard que fue desarrollado, en la década de los 70 por los profesores Roger Fisher, William Ury y Bruce Patton que tiene como objetivo el alcanzar resultados eficientes mediante el procedimiento de identificar y dar satisfacción a intereses  de las partes aunque los mismos, al principio, no sean coincidentes. La metodología Harvard de negociación, en un análisis sumamente somero y sintético,  se asienta sobre ciertos pilares fundamentales: 1) las personas, en el sentido de que la empatía que  se genere con quien representa a la otra  parte es muy importante, 2) el análisis de  los intereses, en cuanto a que constituyen un aspecto fundamental de la negociación para lo cual se deben descartar posiciones rígidas, 3) las opciones que refiere a que luego de conocer cuáles son los intereses que obedecen a la posición contraria es conveniente ofrecer opciones de acuerdo, 4) las  alternativas que permitan un acuerdo beneficioso para ambas partes, 5) los criterios que deben ser definidos de manera objetiva y tienen que ser legítimos e imparciales, 6) la comunicación fluida entre las partes que permite un intercambio directo de argumentos, en especial cuando se realiza en forma presencial, es decir, cara a cara ya que ello permite definir y aclarar posiciones rápidamente de modo mucho más ágil del que supondría hacerlo por comunicación telefónica o vía internet y 7) el compromiso que asumido en forma verbal se transforma luego en un acuerdo escrito . Personalmente, comparto esos principios metodológicos pero considero del caso aportar nuevos elementos de juicio que deberían ser tenidos en cuenta y que he adquirido por mi experiencia en el campo en que he actuado a lo largo de más de 40 años por participar en negociaciones fundamentales, para nuestro país, en temas limítrofes, marítimos, portuarios  y fluviales. Al respecto considero importante tomar en consideración una serie de principios, entre los cuales el primero es el no revelar la estrategia que se va a seguir en la negociación a la otra parte, porque si lo hacemos, le estamos dando la posibilidad de prepararse adecuadamente para responder al planteo que eventualmente se le pueda realizar. Pero el segundo principio, es el de que es necesario de que el que asuma la responsabilidad de negociar en defensa de los intereses de su país debe estar preparado para hacerlo, no sólo en el campo de la metodología de la negociación, sino sobre todo, en cuanto a conocer la materia que va a ser negociada. Supongamos que se trata de un acuerdo dirigido a la colocación de productos agropecuarios en el mercado de otro país, obviamente, el negociador debe ser un experto en esos temas y  aún, siéndolo tiene que hacer un análisis muy especializado de las necesidades que requiere ese país y los requerimientos que el mismo exige para importar esos productos. Es conveniente, asimismo, que si no ha adquirido conocimientos de las técnicas de negociación que cuente con un asesor en esa área, en especial un agente diplomático, debidamente capacitado para brindarle el asesoramiento necesario.

En los temas de actualidad observamos por ejemplo que, en la Comisión Administradora del Río de la Plata, la Argentina, tiene como presidente de su delegación al Embajador Diego Tettamanti que hace más de 20 años se ha especializado en temas marítimos y fluviales y el segundo, es un Director de Hidrografía Naval de ese país. Lo mismo en la Comisión Administradora del Río Uruguay, cuyo presidente es el Ingeniero Hernán Orduna con una vastísimas experiencia en este tipo de responsabilidades. No podemos decir lo mismo con nuestras delegaciones. En la delegación uruguaya ante la CARP no hay un solo especialista. Hay personas que  me merecen el mayor respeto y que pueden haber cumplido notables gestiones políticas o ser distinguidos juristas o diplomáticos, pero que no tienen una formación técnica para el desempeño de la función que han asumido y que no han sido dotadas del apoyo de especialistas indispensable para llevar a cabo, en forma eficaz, la defensa de los intereses de nuestro país. Ello coloca a nuestra delegación en una situación de inferioridad que, lamentablemente, redunda en errores que pueden perjudicar los intereses nacionales.

(*) Gonzalez Lapeyre. ‎Profesor de Derecho Internacional. ‎Jubilado del Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay. Fue redactor del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo y es el uruguayo que más sabe de dicho Tratado y del Estatuto del Río Uruguay.

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